TALLER ISLR









SEGURIDAD FINANCIERA
Tenemos tres personas y queremos ver cuál de ellos tiene una capacidad financiera más sólida.
I.- Eduardo, especialista en finanzas, tiene dos trabajos uno de ellos le proporciona novecientos noventa mil  bolívares (Bs 990.000,00) al año, como asesor financiero de varias empresas reconocidas y el otro por cursos extraordinarios que imparte en el IESA le proporciona veintiún mil seiscientos noventa y seis bolívares (Bs 21.696,00) trimestrales. Tiene un vehículo por el que paga once mil quinientos bolívares (Bs 11.500,00) mensuales. Y los gastos de gasolina son de ciento cincuenta  bolívares (Bs 150, 00) mensuales. La cuota de la hipoteca de la casa es de  doce mil setecientos cincuenta bolívares (Bs 12.750,00) al mes, de los cuales el 50% corresponde al pago de intereses y los gastos de luz, aseo domiciliario, gas, agua, teléfono y condominio de la casa suponen otros  tres mil ciento sesenta bolívares (Bs 3.160,00) al mes. Como tiene dos trabajos almuerza fuera de casa todos los días, total 24 días al mes y el menú le cuesta cuatrocientos setenta y cinco bolívares (Bs 475,00), cada uno. El domingo come en casa porque lo comparte con sus padres, ellos no declaran porque están jubilados y pensionados. Eduardo les entrega a cada uno de sus padres dos mil bolívares (Bs. 2.000,00) mensuales.
Ha calculado que en mercado, ropa, gimnasio y otros imprevistos se gasta al año otros cientos veinticinco mil cuatrocientos bolívares (Bs 125.400,00). En recreación invierte dos mil seiscientos bolívares (Bs 2.600,00) al mes. Por concepto de HCM paga ocho mil bolívares (Bs 8.000,00) mensuales y por el seguro del vehículo pagó una póliza de setenta y siete mil quinientos bolívares (Bs 77.500,00). Por sus ingresos obtenidos el año pasado el cree que tendrá que pagar al Seniat treinta y nueve mil quinientos noventa y cinco bolívares con cuarenta y cuatro céntimos (Bs 39.595,44). Tiene estimado ahorrar diez mil bolívares (Bs. 10.000,00) mensuales, aproximadamente, no con mucha seguridad, pueden ser más o menos. Eduardo tiene ordenado todos los comprobantes de pago por concepto de vivienda, seguros, servicios médicos y odontológicos.

Concepto
+  
 
Trabajo 1
990.000,00

Trabajo 2
86.784,00

Vehículo

138.000,00
Gasolina

1.800,00
Hipoteca casa

153.000,00
Gastos casa

37.920,00
Comida

136.800,00
Resto gastos

378.100,00
Viajes


SENIAT

192.521,00
Subtotal
1.076.784,00
1.038.141,00
Superávit
38.643,00

Total
38.643,00


II.- Lucia, madre soltera de dos adolescentes,  vive con su madre y abuela. Ella es licenciada en educación. Trabaja en la ciudad donde vive, en una escuela bolivariana. Su sueldo anual es de doscientos nueve mil quinientos cincuenta y ocho bolívares con cuarenta y seis céntimos (Bs 209.558,46), más un bono mensual de 60% de los diez mil treinta y siete con sesenta y seis céntimos  (Bs 10.037,66) de sueldo mensual,  pero ocho meses al año da clases de apoyo en una universidad y cobra al mes  tres mil doscientos ochenta y cuatro bolívares (Bs 3.284,00), trabajó en el intensivo de la universidad y le pagaron por dos cursos siete mil bolívares (Bs. 7.000,00). Su hipoteca le cuesta  tres mil cuatrocientos bolívares (Bs 3.400,00) al mes y los gastos de la casa le suponen dos mil ochocientos noventa bolívares (Bs 2.890,00) mensuales. Desayuna, almuerza y merienda en el colegio, cena en su casa y se desplaza andando o en autobús lo que le cuesta cuatrocientos cuarenta bolívares (Bs 440,00) al mes; y sabe que en ropa, comida y salir con los amigos se gasta  seis mil cuatrocientos cincuenta bolívares (Bs 6.450,00), mensuales. En colegio para sus dos menores hijos paga un mil seiscientos bolívares (Bs 1.600,00) mensuales. En póliza colectiva de HCM le descuentan quinientos cuarenta bolívares (Bs. 540,00) mensuales. Este año piensa hacer dos viajes: uno a  Bahía de Cata que le costará cinco mil trescientos  bolívares (Bs 5.300,00) y una semana a Choroni que le costará  diez mil seiscientos bolívares (Bs 10.600,00). Por sus ingresos del año pasado  piensa que tendrá que pagar al Seniat cuatro mil ochocientos once  bolívares con ochenta y dos céntimos (Bs 4.811,82).
Concepto
+  
 
Trabajo 1
281.829,61

Trabajo 2
40.272,00

Hipoteca

40.800,00
Colegio

19.200,00
Gastos casa

34.680,00
Transporte

5.280,00
Gastos varios

83.880,00
Viajes

15.900,00
Subtotal
322.101,61
181.740,00
SENIAT

9.982,00
Superávit
130.379,61

Total
322.101,55
191.722,00

III.- Susana y Carlos son una pareja que viven juntos (casados). Susana es administrativa en un banco y Carlos es ingeniero electricista. Susana gana trescientos veintiún mil  bolívares (Bs 321.000,00) al año y Carlos el año pasado ganó cuatrocientos diecinueve mil quinientos  bolívares (Bs 419.500,00). Susana suele ir en autobús y esto le cuesta  cuatrocientos cuarenta bolívares (Bs 440,00) al mes, mientras Carlos se gasta doscientos bolívares (Bs 200,00) en gasolina. El préstamo por el vehículo le cuesta  trece mil trescientos sesenta bolívares (Bs 13.360,00) al mes. El apartamento que se han comprado les cuesta  catorce mil ochocientos bolívares (Bs 14.800,00) de hipoteca mensual. Y los gastos de la casa (de luz, aseo domiciliario, gas, agua, teléfono y condominio) les suponen tres mil doscientos diez bolívares (Bs 3.210,00) mensuales. Como son una pareja joven les gusta salir por las noches esto hace que al mes se gasten otros  ocho mil cuatrocientos bolívares (Bs 8.400,00). Otros gastos para ellos son la ropa, comida y cigarrillos que le suponen otros  catorce mil seiscientos bolívares (Bs 14.600,00) al mes. Tienen un seguro de hospitalización, cirugía, maternidad y odontología que les cuesta  cuatro mil cuatrocientos veinte bolívares (Bs 4.420,00) al mes, por el seguro del vehículo pagó cincuenta mil bolívares (Bs. 50.000,00). Acaban de pagar veintiocho mil bolívares (Bs 28.000,00) por un viaje que harán en vacaciones de este año. Y el año pasado pagaron al Seniat  veintinueve mil quinientos diez bolívares (Bs 29.510,00).
Concepto
+
     
Trabajo Susana
321.000,00

Trabajo Carlos
419.500,00

Transporte

5.280,00
Crédito coche

160.320,00
Hipoteca chalet

177.600,00
Gastos chalet

38.520,00
Fiestas noche

100.800,00
Gastos varios

225.200,00
Seguro médico

53.040,00
Viajes

-
Subtotal
740.500,00
760.760,00
SENIAT

110.673,58
Déficit

-130.933,58
Total
740.500,00
871.433,58

1.    Calcula el Enriquecimiento Neto de cada una de estas personas y ¿cómo deben declarar sus enriquecimientos generados en el año fiscal 2014?
·         EDUARDO, Su enriquecimiento neto es de 904.284,00 y debe declarar 192.521,50
·         LUCÍA, Su enriquecimiento neto es de 322.101,55 y debe declarar 9.982,32
·         SUSANA-CARLOS, Su enriquecimiento neto es de 740.500,00 y debe declarar 110.673,58
·         Es recomendable de Carlos y Susana declaren por separado ya que aplicaría el desgravamen único para cada uno de ellos, quedando de la siguiente manera
CARLOS Su enriquecimiento neto es de 419.500,00 y debe declarar 30.585,40
SUSANA Su enriquecimiento neto es de 321.000,00 y debe declarar 16.529,24


2.    Eduardo planea un viaje a China que le costaría doscientos setenta y cinco mil cien bolívares (Bs 275.100,00). ¿Puede realizar el viaje? ¿Cómo quedaría su situación financiera? ¿Estaría en superávit?
No puede realizar el viaje, quedaría en déficit 236.457,00

3.    Lucia cree que es un buen momento para ir ahorrando algo de dinero para su jubilación. Quiere empezar por meter en un Fondo de Jubilaciones cuatro mil ciento cincuenta bolívares (Bs 4.150,00) al mes. ¿Crees que puede hacerlo y es buena idea?
Si, ya que ella está en superávit por 130.379,61 y esto le costaría 49.800,00 anual.

4.    Carlos y Susana quieren plantearse tener un hijo para el año que viene. Las amistades les han dicho que eso supone unos dos ciento treinta mil  bolívares (Bs 230.000,00) el primer año. ¿Deben cambiar algo su presupuesto para el año que viene? ¿Cómo les conviene declarar sus ingresos, conjunta o separadamente?
Si, se le recomienda eliminar el gasto que realizan en festejar ya que esto los tiene en déficit.
Es recomendable de Carlos y Susana declaren por separado ya que aplicaría el desgravamen único para cada uno de ellos, quedando de la siguiente manera
CARLOS Su enriquecimiento neto es de 419.500,00 y debe declarar 30.585,40
SUSANA Su enriquecimiento neto es de 321.000,00 y debe declarar 16.529,24

Mientras que conjuntamente deben declarar 110.673,58






DETERMINACIÓN DE LOS ENRIQUECIMIENTOS GRAVABLES

CONCEPTO

ART.
Persona
Natural
Ingreso
Sueldo
EDUARDO
Persona
Natural
Ingreso
Sueldo
LUCÍA
Persona
Natural
Ingreso
Sueldo
SUSANA
Persona
Natural
Ingreso
Sueldo
CARLOS
Persona
Natural
Ingreso
Sueldo
SUSANA-CARLOS
INGRESOS BRUTOS
16
1.076.784,00
322.101,55
321.000,00
419.500,00
740.500,00
MENOS COSTOS
21





RENTA BRUTA

1.076.784,00
322.101,55
321.000,00
419.500,00
740.500,00







MENOS






DEDUCCIONES
27
172.500,00




ENRIQUECIMIENTO NETO

904.284,00
322.101,55
321.000,00
419.500,00
740.500,00







DESGRAVÁMENES      (2)
59-60

98.298,00
98.298,00
98.298,00
98.298,00
Único (774 UT)








904.284,00
223.803,55
227.702,00
321.202,00
642.202,00
ENRIQUEC.GRAVABLE






Tarifa Nº 1
50
34%
9%
12%
20%
29%
Calculo de Impuesto

307.456,56
20.142,32
27.324,24
64.240,40
186.238,58
Sustraendo

111.125,00
3.810,00
9.525,00
32.385,00
73.025,00


196.331,56
16.332,32
17.799,24
31.855,40
113.213,58
REBAJAS
52





Residente (10 UT)

1.270,00
1.270,00
1.270,00
1.270,00
1.270,00
Cónyuge (10 UT)





1.270,00
Descendientes (10 UT)


2.540,00



Ascendientes (10 UT)

2.540,00
2.540,00



IMPUESTO A PAGAR

192.521,50
9.982,32
16.529,24
30.585,40
110.673,58

COMO DECLARAR

Pago cero a través portal, forma dpn 25 si pago mayor a cero a través bancos
receptores

pago cero a través portal, forma dpn 25 si pago mayor a cero a través bancos
receptores

pago cero a través portal, forma dpn 25 si pago mayor a cero a través bancos
receptores 
declaración a través del portal

(1)  EN CASO DE VENTA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES
(2)  ÚNICAMENTE PERSONAS NATURALES RESIDENTES


I.S.L.R. PARA PERSONAS NATURALES EN VENEZUELA
TODO LO QUE DEBES SABER
1-¿Quiénes son objeto (contribuyentes) del Impuesto Sobre La Renta?
Los enriquecimientos anuales, netos y disponibles, obtenidos en dinero o en especie para los tipos de contribuyentes que se detallan a continuación:
a)    Personas naturales residentes. Rentas de cualquier origen, fuera que la causa o la fuente, éste situado dentro del país.
b)    Personas naturales no residentes. Rentas cuya fuente o la causa este dentro del país.
Para determinar la residencia de un contribuyente, El Código Orgánico Tributario, en su artículo 30, establece lo siguiente: Las personas naturales que hayan permanecido en el país por un período continuo o discontinuo, de más de ciento ochenta y tres (183) días en un año calendario o en el año inmediatamente anterior al del ejercicio al cual corresponda determinar el tributo.
 2-¿Cómo deben declarar las Personas Naturales sus enriquecimientos?
DETERMINACIÓN DE LOS ENRIQUECIMIENTOS GRAVABLES

CONCEPTO

ART.
PERSONA
NATURAL
INGRESO
SUELDO
PERSONA
NATURAL
ACTIV. IND
COMERCIAL
PERSONA
NATURAL
DISTINTO
ACTIV. IND
COMERCIAL
SOCIEDADES
DE
PERSONAS
INGRESOS BRUTOS
MENOS COSTOS
RENTA BRUTA

MENOS
DEDUCCIONES
ENRIQUECIMIENTO NETO

DESGRAVÁMENES (2)
Único (774 UT)

ENRIQUEC.GRAVABLE
Tarifa Nº 1
Calculo de Impuesto
Sustraendo

REBAJAS
Residente (10 UT)
  
IMPUESTO A PAGAR
16
21



27


59-60


50

62
XXXXX
---------
XXXXX


---------
XXXXX

XXXXX


XXXXX
%
XXXXX
XXXXX
XXXXX

XXXXX

XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX


XXXXX
XXXXX

XXXXX


XXXXX
       XXXXX
(1)   XXXXX
       XXXXX


        XXXXX
        XXXXX

        XXXXX


          XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX


XXXXX
XXXXX

El beneficio es declarado en cabeza de socios

COMO DECLARAR

Pago cero a través portal, forma dpn 25 si pago mayor a cero a través bancos
receptores

pago cero a través portal, forma dpn 25 si pago mayor a cero a través bancos
receptores

pago cero a través portal, forma dpn 25 si pago mayor a cero a través bancos
receptores 
declaración a través del portal
(1)  EN CASO DE VENTA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES
(2)  ÚNICAMENTE PERSONAS NATURALES RESIDENTES
Las sociedades de personas presentan declaración de Impuesto Sobre La Renta, (forma dpj26) pero no tributan impuesto sino que distribuyen los enriquecimientos en cabeza de los socios (Art. 10 de la Ley).

3- ¿A partir de qué ingreso estoy obligado a presentar mi declaración de rentas?
Debe haber obtenido rentas netas superiores a 1.000 unidades tributarias (Bs. 127.000.00), o ingresos brutos superiores a 1.500 unidades tributarias (Bs.190.500.00), para estar obligado a presentar declaración de ISLR. Las personas que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras y piscícolas a nivel primario, deben haber obtenido enriquecimientos brutos superiores a 2.625 unidades tributarias (Bs. 333.375.00).  (Fundamento Legal Art. 79 LISLR).

 4- ¿Sobre qué tarifa debo calcular mi impuesto y como determino el monto a pagar?
La tarifa 1 es la aplicable para la determinación del impuesto que deben cancelar las personas naturales, de acuerdo a la siguiente clasificación:
TARIFA 1 U.T Calculada al valor de Bs 127 publicado en Gaceta Oficial número 40.359 del 19-02-2014, vigente para las declaraciones del ISLR concluidos el 31-12-2014.

TARIFA NUMERO 1 

TABLA PARA PERSONAS NATURALES RESIDENTES

DESDE Bs
HASTA Bs
%
Sustraendo UT
SUSTRAENDO Bs
0,00
127.000,00
6
0
0,00
127.001,00
190.500,00
9
30
3.810,00
190.501,00
254.000,00
12
75
9.525,00
254.001,00
317.500,00
16
155
19.685,00
317.501,00
381.000,00
20
255
32.385,00
381.001,00
508.000,00
24
375
47.625,00
508.001,00
752.000,00
29
575
73.025,00
762.001,00
34
875
111.125,00

Una vez tengamos claramente identificado nuestro ingreso, bien sea sueldo bajo relación de dependencia o bien sea un beneficio de acuerdo a una actividad comercial especifica (véase cuadro punto 1), debemos aplicar a este enriquecimiento los correspondientes desgravámenes de ley, posteriormente podremos compensar las pérdidas de explotación de años anteriores a que se refiere el artículo 55 de la ley. Veamos un ejemplo práctico: Ingreso anual Bs 267.430.00, le aplicamos el 16% de acuerdo a la tabla, de ese cálculo nos queda la cifra de Bs  42.788,80, de allí restamos el sustraendo de Bs  19.685,00, el monto por pagar es de Bs  23.103,00.

5- ¿Qué desgravámenes se les aplican a las personas naturales?
Existen 2 tipos de desgravámenes, el desgravamen único, de 774 UT (Bs  98.298.00) al valor de la unidad tributaria de Bs F 127.00. El otro tipo de desgravamen aplicable, es el desgravamen con comprobantes, a saber:
Ilimitados
1-Institutos docentes del país (Descendientes hasta 25 años de edad).
2-Primas de HCM.
3-Servicios Médicos y Odontológicos
(Todos estos gastos deben haberse realizado dentro del país)
Limitados
1-Intereses de préstamos para la compra de vivienda principal U.T. 1.000,00 (Bs  127.000.00) y para el alquiler de esta, hasta 800 U.T. (Bs  101.600.00).
Ahora bien, debemos tener mucho cuidado con la opción a elegir a la hora de preparar nuestra declaración del ISLR, en este caso recomendamos aplicar el desgravamen único, ya que de tomar la opción del desgravamen con comprobantes, debemos anexar a la declaración de rentas las facturas legales que soporten dichos desembolsos y que los mismos hayan sido debidamente cancelados en el periodo impositivo que se está declarando, en la actualidad el Seniat está fiscalizando a grandes contribuyentes que han aplicado este tipo de desgravamen y se les está solicitando todas las facturas que soporten lo incluido en su declaración de rentas, así mismo las multas y sanciones al no consignar los soportes son bien severas.

6- ¿Cuántas rebajas se les aplican a las personas naturales?
Sobre el tema de las rebajas el legislador establece lo siguiente:
Artículo 62. Las personas naturales residentes en el país, gozarán de una rebaja de impuesto de diez (10) unidades tributarias (U.T.) anuales (Bs 1.270,00). Además, si tales contribuyentes tienen personas a su cargo, gozarán de las rebajas de impuesto siguientes:
1. Diez (10) unidades tributarias por el cónyuge no separado de bienes
2. Diez (10) unidades tributarias por cada ascendiente o descendiente directo residente en el país. No darán ocasión a esta rebaja los descendientes mayores de edad a menos que estén incapacitados para el trabajo, o estén estudiando y sean menores de veinticinco (25) años.
Parágrafo Primero: La rebaja concedida en el numeral 1) de este artículo no procederá cuando los cónyuges declaren por separado. En este caso, sólo uno de ellos podrá solicitar rebaja de impuesto por concepto de cargas de familia.
 Parágrafo Segundo: Cuando varios contribuyentes concurran al sostenimiento de algunas de las personas a que se contrae el numeral 2) de este artículo, las rebajas de impuesto se dividirán entre ellos.
Si para este periodo fiscal tiene previsto declarar a través del portal electrónico del Seniat, ocurre lo siguiente, las rebajas permisibles aplicables serán las que nosotros agregamos a nuestro perfil al momento que nos registramos en dicho portal, para ellos debimos consignar los documentos que probaran tal filiación, por lo que manualmente no se podrán agregar o modificar estas cargas.
Si presentamos nuestra declaración con el formulario DPN-R 25, en los bancos autorizados, de acuerdo a lo previsto http://tubalance.over-blog.com/article-ntribuyentes-43212351.html  podremos incluir en la declaración manual las cargas no afiliadas al portal, pero podremos ser objeto de una revisión, vale recordar que todos los empleados públicos estarán obligados a declarar en el portal del Seniat.

7- ¿En cuántas porciones puedo pagar mi declaración?
De acuerdo a la Resolución número 904, G O. Número 37.409 del 21-3-02
En los casos de declaración definitiva de las personas naturales, en impuesto derivado de la declaración de rentas podrá ser pagado hasta en tres (3) porciones de iguales montos, si se opta por una (1) sola porción, el pago se realizara conjuntamente con la presentación de la declaración definitiva. Si se opta por dos (2) porciones, la segunda se presentara veinte (20) días continuos después del vencimiento del plazo para la presentación de rentas respectivas. Y si se opta por tres (3) porciones, la tercera se presentara cuarenta (40) días continuos después del vencimiento del plazo para la presentación de la misma.

8- Descarga en formato de Excel el formulario DPN-R 25 y calcula fácilmente tu impuesto a pagar.
En esta práctica hoja de excel que simula exactamente el formulario DPN-R 25, podrán incluir su salario, o monto de actividad comercial, podrá incluir las cargas familiares e incluso al final, en el recibo de pago, podrá colocar el número de porciones con las que va a cancelar su declaración del ISLR.
El precio de la Unidad Tributaria en Venezuela quedó establecido en 127 bolívares para el año fiscal 2014.  Este aumento entró en vigencia con la publicación de la Providencia Nº SNAT/2014/0008 en la Gaceta Oficial N° 40.359 del 19-02-2014. El aumento del precio de la Unidad Tributaria UT en Venezuela por lo general se realiza al principio de cada año, entre los meses de enero y febrero con base a la tasa de inflación acumulada del año anterior.
La Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional aprobó el ajuste de un 18.69% en el valor de la Unidad Tributaria (UT) para el año 2014, que pasa de 107 a 127 bolívares, de acuerdo al informe del Servicio Integrado de Administración Tributaria (Seniat).




 
9- ¿Cuánto vale la Unidad Tributaria (UT) en Venezuela?
Con el  valor de la Unidad Tributaria UT de Bs. 127,00 en 2014 se deben calcular los nuevos topes para el cálculo de Cesta Ticket o bono de alimentación, exoneraciones al Impuesto al Valor Agregado (IVA), montos de las multas, sanciones, sucesiones, donaciones, registro de dominios, timbres fiscales, registros, notarías, tribunales y otros entes públicos que implementen la unidad tributaria para su cálculo.
El nuevo valor de la Unidad Tributaria, deberá emplearse para la declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) que se realizará en el año 2014, no para la declaración del ISLR del año 2013, que se debe utilizar el valor de la Unidad Tributaria del año 2013 de 107,00 bolívares.
 El aumento no incide en los topes de ingresos de la Ley de Vivienda, debido a que se miden por una escala de salarios.
Tarifas
Tarifas Las tarifas constituyen los niveles de gravamen, que han sido establecidos por la norma tributaria, para gravar el enriquecimiento de las personas, expresadas en porcentajes, estas tarifas son progresivas, es decir, a mayor renta mayor porcentaje de imposición. Se han establecido tres grupos de tarifas: La tarifa No. 1, se aplica a las personas naturales que no realicen actividades mineras o de hidrocarburos y a las asimiladas a ellas, como son las herencias yacentes y las firmas personales. Igualmente se aplica a las fundaciones y asociaciones sin fines de lucro.
TARIFA NO. 1
PORCENTAJE
*SUSTRAENDO
Por la fracción comprendida hasta 1.000 U.T.
6%
0
Por la fracción que exceda de 1.000 hasta 1.500 U.T.
9%
30
Por la fracción que exceda de 1.500 hasta 2.000 U.T.
12%
75
Por la fracción que exceda de 2.000 hasta 2.500 U.T.
16%
155
Por la fracción que exceda de 2.500 hasta 3.000 U.T.
20%
255
Por la fracción que exceda de 3.000 hasta 4.000 U.T.
24%
375
Por la fracción que exceda de 4.000 hasta 6.000 U.T.
29%
575
Por la fracción que exceda de 6.000 U.T.
34%
875
En los casos de enriquecimientos obtenidos por personas naturales no residentes en el país, el impuesto será del 34 %. La tarifa No. 2, se aplica a las sociedades de capitales como compañías anónimas y a las personas asimiladas a ellas.
TARIFA No. 2
PORCENTAJE
*SUSTRAENDO
Por la fracción comprendida hasta 2.000 U.T. 
15%
0
Por la fracción que exceda de 2.000 hasta 3.000 U.T.
22%
140
Por la fracción que exceda de 3.000 U.T.
34%
500
La tarifa No. 3, se aplica a los contribuyentes que solo perciban regalías o participaciones mineras y demás participaciones análogas con un 60% y a las que se dediquen a la explotación de hidrocarburos y de actividades conexas con un 50%.
* El sustraendo es la cantidad que se resta al cálculo único que se hace de las rentas totales de un contribuyente, para no gravar los niveles o escalas anteriores de rentas con ese nivel de gravamen. El sustraendo es la cantidad que se resta al resultado obtenido después de aplicarle el porcentaje al enriquecimiento neto. Generalmente encontramos el sustraendo determinado dentro de las tablas correspondientes a cada tarifa, sin embargo no está de más saber cómo determinarlo.

DETERMINACIÓN DE LOS ENRIQUECIMIENTOS GRAVABLES

CONCEPTO
ART.
Eduardo
Lucía
Susana
Carlos
Susana y Carlos
INGRESOS BRUTOS
MENOS COSTOS
RENTA BRUTA

MENOS
DEDUCCIONES
ENRIQUIC. NETO

DESGRAVÁMENES (2)
Único (774 UT)

ENRIQUEC.GRAVABLE
Tarifa Nº 1
Calculo de Impuesto
Sustraendo

REBAJAS
Residente (10 UT)
  
IMPUESTO A PAGAR
16
21



27


59-60


50

62
XXXXX
---------
XXXXX


---------
XXXXX

XXXXX


XXXXX
%
XXXXX
XXXXX
XXXXX

XXXXX

XXXXX
XXXXX
--------
XXXXX


XXXXX
XXXXX

XXXXX


XXXXX
       XXXXX
       ---------
       XXXXX


        XXXXX
        XXXXX

        XXXXX


          XXXXX
XXXXX
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XXXXX


---------
XXXXX

XXXXX


XXXXX
%
XXXXX
XXXXX
XXXXX

XXXXX

XXXXX
XXXXX
--------
XXXXX


XXXXX
XXXXX


COMO DECLARAR

Pago cero a través portal, forma dpn 25 si pago mayor a cero a través bancos
receptores

pago cero a través portal, forma dpn 25 si pago mayor a cero a través bancos
receptores

pago cero a través portal, forma dpn 25 si pago mayor a cero a través bancos
receptores 

declaración a través del portal

(1)  EN CASO DE VENTA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES
(2)  ÚNICAMENTE PERSONAS NATURALES RESIDENTES


1 comentarios:

  1. Revisen las respuestas a las preguntas cuando escriben debe declarar lo correcto sería debe pagar. Porque declaran todos las rentas netos obtenidos durante el año, siempre que sean superiores a 1000 UT.

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