SEGURIDAD
FINANCIERA
Tenemos tres personas y
queremos ver cuál de ellos tiene una capacidad financiera más sólida.
I.- Eduardo,
especialista en finanzas, tiene dos trabajos uno de ellos le proporciona novecientos
noventa mil bolívares (Bs 990.000,00) al
año, como asesor financiero de varias empresas reconocidas y el otro por cursos
extraordinarios que imparte en el IESA le proporciona veintiún mil seiscientos
noventa y seis bolívares (Bs 21.696,00) trimestrales. Tiene un vehículo por el
que paga once mil quinientos bolívares (Bs 11.500,00) mensuales. Y los gastos
de gasolina son de ciento cincuenta
bolívares (Bs 150, 00) mensuales. La cuota de la hipoteca de la casa es
de doce mil setecientos cincuenta
bolívares (Bs 12.750,00) al mes, de los cuales el 50% corresponde al pago de
intereses y los gastos de luz, aseo domiciliario, gas, agua, teléfono y condominio
de la casa suponen otros tres mil ciento
sesenta bolívares (Bs 3.160,00) al mes. Como tiene dos trabajos almuerza fuera
de casa todos los días, total 24 días al mes y el menú le cuesta cuatrocientos
setenta y cinco bolívares (Bs 475,00), cada uno. El domingo come en casa porque
lo comparte con sus padres, ellos no declaran porque están jubilados y
pensionados. Eduardo les entrega a cada uno de sus padres dos mil bolívares
(Bs. 2.000,00) mensuales.
Ha calculado que en mercado,
ropa, gimnasio y otros imprevistos se gasta al año otros cientos veinticinco
mil cuatrocientos bolívares (Bs 125.400,00). En recreación invierte dos mil
seiscientos bolívares (Bs 2.600,00) al mes. Por concepto de HCM paga ocho mil
bolívares (Bs 8.000,00) mensuales y por el seguro del vehículo pagó una póliza
de setenta y siete mil quinientos bolívares (Bs 77.500,00). Por sus ingresos obtenidos
el año pasado el cree que tendrá que pagar al Seniat treinta y nueve mil
quinientos noventa y cinco bolívares con cuarenta y cuatro céntimos (Bs 39.595,44).
Tiene estimado ahorrar diez mil bolívares (Bs. 10.000,00) mensuales,
aproximadamente, no con mucha seguridad, pueden ser más o menos. Eduardo tiene
ordenado todos los comprobantes de pago por concepto de vivienda, seguros,
servicios médicos y odontológicos.
Concepto
|
+
|
‐
|
Trabajo 1
|
990.000,00
|
|
Trabajo 2
|
86.784,00
|
|
Vehículo
|
138.000,00
|
|
Gasolina
|
1.800,00
|
|
Hipoteca casa
|
153.000,00
|
|
Gastos casa
|
37.920,00
|
|
Comida
|
136.800,00
|
|
Resto gastos
|
378.100,00
|
|
Viajes
|
||
SENIAT
|
192.521,00
|
|
Subtotal
|
1.076.784,00
|
1.038.141,00
|
Superávit
|
38.643,00
|
|
Total
|
38.643,00
|
II.- Lucia,
madre soltera de dos adolescentes, vive con su madre y abuela. Ella es licenciada
en educación. Trabaja en la ciudad donde vive, en una escuela bolivariana. Su
sueldo anual es de doscientos nueve mil quinientos cincuenta y ocho bolívares
con cuarenta y seis céntimos (Bs 209.558,46), más un bono mensual de 60% de los
diez mil treinta y siete con sesenta y seis céntimos (Bs 10.037,66) de sueldo mensual, pero ocho meses al año da clases de apoyo en
una universidad y cobra al mes tres mil
doscientos ochenta y cuatro bolívares (Bs 3.284,00), trabajó en el intensivo de
la universidad y le pagaron por dos cursos siete mil bolívares (Bs. 7.000,00).
Su hipoteca le cuesta tres mil cuatrocientos
bolívares (Bs 3.400,00) al mes y los gastos de la casa le suponen dos mil ochocientos
noventa bolívares (Bs 2.890,00) mensuales. Desayuna, almuerza y merienda en el
colegio, cena en su casa y se desplaza andando o en autobús lo que le cuesta cuatrocientos
cuarenta bolívares (Bs 440,00) al mes; y sabe que en ropa, comida y salir con
los amigos se gasta seis mil cuatrocientos
cincuenta bolívares (Bs 6.450,00), mensuales. En colegio para sus dos menores
hijos paga un mil seiscientos bolívares (Bs 1.600,00) mensuales. En póliza
colectiva de HCM le descuentan quinientos cuarenta bolívares (Bs. 540,00)
mensuales. Este año piensa hacer dos viajes: uno a Bahía de Cata que le costará cinco mil
trescientos bolívares (Bs 5.300,00) y
una semana a Choroni que le costará diez
mil seiscientos bolívares (Bs 10.600,00). Por sus ingresos del año pasado piensa que tendrá que pagar al Seniat cuatro
mil ochocientos once bolívares con
ochenta y dos céntimos (Bs 4.811,82).
Concepto
|
+
|
‐
|
Trabajo 1
|
281.829,61
|
|
Trabajo 2
|
40.272,00
|
|
Hipoteca
|
40.800,00
|
|
Colegio
|
19.200,00
|
|
Gastos casa
|
34.680,00
|
|
Transporte
|
5.280,00
|
|
Gastos varios
|
83.880,00
|
|
Viajes
|
15.900,00
|
|
Subtotal
|
322.101,61
|
181.740,00
|
SENIAT
|
9.982,00
|
|
Superávit
|
130.379,61
|
|
Total
|
322.101,55
|
191.722,00
|
III.- Susana
y Carlos son una pareja que viven juntos (casados). Susana es administrativa
en un banco y Carlos es ingeniero electricista. Susana gana trescientos
veintiún mil bolívares (Bs 321.000,00)
al año y Carlos el año pasado ganó cuatrocientos diecinueve mil quinientos bolívares (Bs 419.500,00). Susana suele ir en
autobús y esto le cuesta cuatrocientos
cuarenta bolívares (Bs 440,00) al mes, mientras Carlos se gasta doscientos
bolívares (Bs 200,00) en gasolina. El préstamo por el vehículo le cuesta trece mil trescientos sesenta bolívares (Bs 13.360,00)
al mes. El apartamento que se han comprado les cuesta catorce mil ochocientos bolívares (Bs 14.800,00)
de hipoteca mensual. Y los gastos de la casa (de luz, aseo domiciliario, gas,
agua, teléfono y condominio) les suponen tres mil doscientos diez bolívares (Bs
3.210,00) mensuales. Como son una pareja joven les gusta salir por las noches
esto hace que al mes se gasten otros
ocho mil cuatrocientos bolívares (Bs 8.400,00). Otros gastos para ellos
son la ropa, comida y cigarrillos que le suponen otros catorce mil seiscientos bolívares (Bs 14.600,00)
al mes. Tienen un seguro de hospitalización, cirugía, maternidad y odontología que
les cuesta cuatro mil cuatrocientos veinte
bolívares (Bs 4.420,00) al mes, por el seguro del vehículo pagó cincuenta mil
bolívares (Bs. 50.000,00). Acaban de pagar veintiocho mil bolívares (Bs
28.000,00) por un viaje que harán en vacaciones de este año. Y el año pasado
pagaron al Seniat veintinueve mil
quinientos diez bolívares (Bs 29.510,00).
Concepto
|
+
|
‐
|
Trabajo Susana
|
321.000,00
|
|
Trabajo Carlos
|
419.500,00
|
|
Transporte
|
5.280,00
|
|
Crédito coche
|
160.320,00
|
|
Hipoteca chalet
|
177.600,00
|
|
Gastos chalet
|
38.520,00
|
|
Fiestas noche
|
100.800,00
|
|
Gastos varios
|
225.200,00
|
|
Seguro médico
|
53.040,00
|
|
Viajes
|
-
|
|
Subtotal
|
740.500,00
|
760.760,00
|
SENIAT
|
110.673,58
|
|
Déficit
|
-130.933,58
|
|
Total
|
740.500,00
|
871.433,58
|
1. Calcula el Enriquecimiento Neto de cada
una de estas personas y ¿cómo deben declarar sus enriquecimientos generados en
el año fiscal 2014?
·
EDUARDO, Su enriquecimiento
neto es de 904.284,00 y debe declarar 192.521,50
·
LUCÍA, Su enriquecimiento
neto es de 322.101,55 y debe declarar 9.982,32
·
SUSANA-CARLOS, Su
enriquecimiento neto es de 740.500,00 y debe declarar 110.673,58
·
Es recomendable de Carlos y
Susana declaren por separado ya que aplicaría el desgravamen único para cada
uno de ellos, quedando de la siguiente manera
CARLOS
Su enriquecimiento neto es de 419.500,00 y debe declarar 30.585,40
SUSANA
Su enriquecimiento neto es de 321.000,00 y debe declarar 16.529,24
2. Eduardo planea un viaje a China que le
costaría doscientos setenta y cinco mil cien bolívares (Bs 275.100,00). ¿Puede
realizar el viaje? ¿Cómo quedaría su situación financiera? ¿Estaría en
superávit?
No
puede realizar el viaje, quedaría en déficit 236.457,00
3. Lucia cree que es un buen momento para
ir ahorrando algo de dinero para su jubilación. Quiere empezar por meter en un
Fondo de Jubilaciones cuatro mil ciento cincuenta bolívares (Bs 4.150,00) al
mes. ¿Crees que puede hacerlo y es buena idea?
Si,
ya que ella está en superávit por 130.379,61 y esto le costaría 49.800,00
anual.
4. Carlos y Susana quieren plantearse tener
un hijo para el año que viene. Las amistades les han dicho que eso supone unos dos
ciento treinta mil bolívares (Bs 230.000,00)
el primer año. ¿Deben cambiar algo su presupuesto para el año que viene? ¿Cómo
les conviene declarar sus ingresos, conjunta o separadamente?
Si,
se le recomienda eliminar el gasto que realizan en festejar ya que esto los
tiene en déficit.
Es
recomendable de Carlos y Susana declaren por separado ya que aplicaría el
desgravamen único para cada uno de ellos, quedando de la siguiente manera
CARLOS Su enriquecimiento neto es de 419.500,00
y debe declarar 30.585,40
SUSANA Su enriquecimiento neto es de
321.000,00 y debe declarar 16.529,24
Mientras que conjuntamente deben
declarar 110.673,58
DETERMINACIÓN DE LOS
ENRIQUECIMIENTOS GRAVABLES
|
||||||
CONCEPTO
|
ART.
|
Persona
Natural
Ingreso
Sueldo
EDUARDO
|
Persona
Natural
Ingreso
Sueldo
LUCÍA
|
Persona
Natural
Ingreso
Sueldo
SUSANA
|
Persona
Natural
Ingreso
Sueldo
CARLOS
|
Persona
Natural
Ingreso
Sueldo
SUSANA-CARLOS
|
INGRESOS BRUTOS
|
16
|
1.076.784,00
|
322.101,55
|
321.000,00
|
419.500,00
|
740.500,00
|
MENOS COSTOS
|
21
|
|||||
RENTA BRUTA
|
1.076.784,00
|
322.101,55
|
321.000,00
|
419.500,00
|
740.500,00
|
|
MENOS
|
||||||
DEDUCCIONES
|
27
|
172.500,00
|
||||
ENRIQUECIMIENTO NETO
|
904.284,00
|
322.101,55
|
321.000,00
|
419.500,00
|
740.500,00
|
|
DESGRAVÁMENES (2)
|
59-60
|
98.298,00
|
98.298,00
|
98.298,00
|
98.298,00
|
|
Único (774 UT)
|
||||||
904.284,00
|
223.803,55
|
227.702,00
|
321.202,00
|
642.202,00
|
||
ENRIQUEC.GRAVABLE
|
||||||
Tarifa Nº 1
|
50
|
34%
|
9%
|
12%
|
20%
|
29%
|
Calculo de Impuesto
|
307.456,56
|
20.142,32
|
27.324,24
|
64.240,40
|
186.238,58
|
|
Sustraendo
|
111.125,00
|
3.810,00
|
9.525,00
|
32.385,00
|
73.025,00
|
|
196.331,56
|
16.332,32
|
17.799,24
|
31.855,40
|
113.213,58
|
||
REBAJAS
|
52
|
|||||
Residente (10 UT)
|
1.270,00
|
1.270,00
|
1.270,00
|
1.270,00
|
1.270,00
|
|
Cónyuge (10 UT)
|
1.270,00
|
|||||
Descendientes (10 UT)
|
2.540,00
|
|||||
Ascendientes (10 UT)
|
2.540,00
|
2.540,00
|
||||
IMPUESTO
A PAGAR
|
192.521,50
|
9.982,32
|
16.529,24
|
30.585,40
|
110.673,58
|
|
COMO DECLARAR
|
Pago cero a través portal, forma dpn 25 si pago
mayor a cero a través bancos
receptores
|
pago cero a través portal, forma dpn 25 si pago
mayor a cero a través bancos
receptores
|
pago cero a través portal, forma dpn 25 si pago
mayor a cero a través bancos
receptores
|
declaración a través del portal
|
||
(1) EN CASO DE VENTA DE BIENES MUEBLES E
INMUEBLES
(2) ÚNICAMENTE PERSONAS NATURALES RESIDENTES
|
I.S.L.R. PARA PERSONAS NATURALES EN
VENEZUELA
TODO LO QUE DEBES SABER
1-¿Quiénes
son objeto (contribuyentes) del Impuesto Sobre La Renta?
Los enriquecimientos
anuales, netos y disponibles, obtenidos en dinero o en especie para los tipos
de contribuyentes que se detallan a continuación:
a)
Personas naturales residentes. Rentas de cualquier origen, fuera que la
causa o la fuente, éste situado dentro del país.
b)
Personas naturales no residentes. Rentas cuya fuente o la causa este
dentro del país.
Para determinar la
residencia de un contribuyente, El Código Orgánico Tributario, en su artículo
30, establece lo siguiente: Las
personas naturales que hayan permanecido en el país por un período continuo o
discontinuo, de más de ciento ochenta y tres (183) días en un año calendario o
en el año inmediatamente anterior al del ejercicio al cual corresponda
determinar el tributo.
2-¿Cómo deben declarar las Personas Naturales sus enriquecimientos?
DETERMINACIÓN DE LOS
ENRIQUECIMIENTOS GRAVABLES
|
|||||
CONCEPTO
|
ART.
|
PERSONA
NATURAL
INGRESO
SUELDO
|
PERSONA
NATURAL
ACTIV. IND
COMERCIAL
|
PERSONA
NATURAL
DISTINTO
ACTIV. IND
COMERCIAL
|
SOCIEDADES
DE
PERSONAS
|
INGRESOS BRUTOS
MENOS COSTOS
RENTA BRUTA
MENOS
DEDUCCIONES
ENRIQUECIMIENTO NETO
DESGRAVÁMENES (2)
Único (774 UT)
ENRIQUEC.GRAVABLE
Tarifa Nº 1
Calculo de Impuesto
Sustraendo
REBAJAS
Residente (10 UT)
IMPUESTO A PAGAR
|
16
21
27
59-60
50
62
|
XXXXX
---------
XXXXX
---------
XXXXX
XXXXX
XXXXX
%
XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX
|
XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX
|
XXXXX
(1)
XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX
|
XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX
El beneficio es declarado en cabeza de socios
|
COMO DECLARAR
|
Pago cero a través portal, forma dpn 25 si pago
mayor a cero a través bancos
receptores
|
pago cero a través portal, forma dpn 25 si pago
mayor a cero a través bancos
receptores
|
pago cero a través portal, forma dpn 25 si pago
mayor a cero a través bancos
receptores
|
declaración a través del portal
|
|
(1) EN CASO DE VENTA DE BIENES MUEBLES E
INMUEBLES
(2) ÚNICAMENTE PERSONAS NATURALES RESIDENTES
|
Las sociedades de
personas presentan declaración de Impuesto Sobre La Renta, (forma dpj26) pero
no tributan impuesto sino que distribuyen los enriquecimientos en cabeza de los
socios (Art. 10 de la Ley).
3- ¿A partir de qué ingreso estoy obligado a
presentar mi declaración de rentas?
Debe haber obtenido
rentas netas superiores a 1.000 unidades tributarias (Bs. 127.000.00), o
ingresos brutos superiores a 1.500 unidades tributarias (Bs.190.500.00), para
estar obligado a presentar declaración de ISLR. Las personas que se dediquen exclusivamente
a actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras y piscícolas a nivel primario,
deben haber obtenido enriquecimientos brutos superiores a 2.625 unidades
tributarias (Bs. 333.375.00).
(Fundamento Legal Art. 79 LISLR).
4- ¿Sobre
qué tarifa debo calcular mi impuesto y como determino el monto a pagar?
La tarifa 1 es la
aplicable para la determinación del impuesto que deben cancelar las personas
naturales, de acuerdo a la siguiente clasificación:
TARIFA 1 U.T Calculada al valor de Bs 127 publicado
en Gaceta Oficial número 40.359 del 19-02-2014, vigente para las declaraciones
del ISLR concluidos el 31-12-2014.
TARIFA NUMERO 1
|
||||
TABLA PARA PERSONAS NATURALES RESIDENTES
|
||||
DESDE Bs
|
HASTA Bs
|
%
|
Sustraendo UT
|
SUSTRAENDO Bs
|
0,00
|
127.000,00
|
6
|
0
|
0,00
|
127.001,00
|
190.500,00
|
9
|
30
|
3.810,00
|
190.501,00
|
254.000,00
|
12
|
75
|
9.525,00
|
254.001,00
|
317.500,00
|
16
|
155
|
19.685,00
|
317.501,00
|
381.000,00
|
20
|
255
|
32.385,00
|
381.001,00
|
508.000,00
|
24
|
375
|
47.625,00
|
508.001,00
|
752.000,00
|
29
|
575
|
73.025,00
|
762.001,00
|
34
|
875
|
111.125,00
|
Una vez tengamos claramente
identificado nuestro ingreso, bien sea sueldo bajo relación de dependencia o
bien sea un beneficio de acuerdo a una actividad comercial especifica (véase
cuadro punto 1), debemos aplicar a este enriquecimiento los correspondientes
desgravámenes de ley, posteriormente podremos compensar las pérdidas de
explotación de años anteriores a que se refiere el artículo 55 de la ley.
Veamos un ejemplo práctico: Ingreso anual Bs 267.430.00, le aplicamos el 16% de
acuerdo a la tabla, de ese cálculo nos queda la cifra de Bs 42.788,80, de allí restamos el sustraendo de
Bs 19.685,00, el monto por pagar es de
Bs 23.103,00.
5-
¿Qué desgravámenes se les aplican a las personas naturales?
Existen 2 tipos de
desgravámenes, el desgravamen único, de 774 UT (Bs 98.298.00) al valor de la unidad tributaria
de Bs F 127.00. El otro tipo de desgravamen aplicable, es el desgravamen con comprobantes, a saber:
Ilimitados
1-Institutos docentes del
país (Descendientes hasta 25 años de edad).
2-Primas de HCM.
3-Servicios Médicos y
Odontológicos
(Todos estos gastos deben
haberse realizado dentro del país)
Limitados
1-Intereses de préstamos
para la compra de vivienda principal U.T. 1.000,00 (Bs 127.000.00) y para el alquiler de esta, hasta
800 U.T. (Bs 101.600.00).
Ahora bien, debemos tener
mucho cuidado con la opción a elegir a la hora de preparar nuestra declaración
del ISLR, en este caso recomendamos aplicar el desgravamen único, ya que de
tomar la opción del desgravamen con comprobantes, debemos anexar a la declaración
de rentas las facturas legales que soporten dichos desembolsos y que los mismos
hayan sido debidamente cancelados en el periodo impositivo que se está
declarando, en la actualidad el Seniat está fiscalizando a grandes
contribuyentes que han aplicado este tipo de desgravamen y se les está
solicitando todas las facturas que soporten lo incluido en su declaración de
rentas, así mismo las multas y sanciones al no consignar los soportes son bien
severas.
6- ¿Cuántas rebajas se les aplican a las
personas naturales?
Sobre el tema de las rebajas
el legislador establece lo siguiente:
Artículo 62. Las personas
naturales residentes en el país, gozarán de una rebaja de impuesto de diez (10)
unidades tributarias (U.T.) anuales (Bs 1.270,00). Además, si tales contribuyentes
tienen personas a su cargo, gozarán de las rebajas de impuesto siguientes:
1. Diez (10) unidades
tributarias por el cónyuge no separado de bienes
2. Diez (10) unidades
tributarias por cada ascendiente o descendiente directo residente en el país.
No darán ocasión a esta rebaja los descendientes mayores de edad a menos que
estén incapacitados para el trabajo, o estén estudiando y sean menores de
veinticinco (25) años.
Parágrafo Primero: La rebaja
concedida en el numeral 1) de este artículo no procederá cuando los cónyuges
declaren por separado. En este caso, sólo uno de ellos podrá solicitar rebaja
de impuesto por concepto de cargas de familia.
Parágrafo Segundo: Cuando varios
contribuyentes concurran al sostenimiento de algunas de las personas a que se
contrae el numeral 2) de este artículo, las rebajas de impuesto se dividirán
entre ellos.
Si para este periodo fiscal
tiene previsto declarar a través del portal electrónico del Seniat, ocurre lo
siguiente, las rebajas permisibles aplicables serán las que nosotros agregamos
a nuestro perfil al momento que nos registramos en dicho portal, para ellos
debimos consignar los documentos que probaran tal filiación, por lo que
manualmente no se podrán agregar o modificar estas cargas.
Si presentamos nuestra declaración
con el formulario DPN-R 25, en los bancos autorizados, de acuerdo a lo previsto
http://tubalance.over-blog.com/article-ntribuyentes-43212351.html podremos incluir en la declaración manual las
cargas no afiliadas al portal, pero podremos ser objeto de una revisión, vale
recordar que todos los empleados públicos estarán obligados a declarar en el
portal del Seniat.
7-
¿En cuántas porciones puedo pagar mi declaración?
De acuerdo a la Resolución número
904, G O. Número 37.409 del 21-3-02
En los casos de declaración
definitiva de las personas naturales, en impuesto derivado de la declaración de
rentas podrá ser pagado hasta en tres (3) porciones de iguales montos, si se
opta por una (1) sola porción, el pago se realizara conjuntamente con la
presentación de la declaración definitiva. Si se opta por dos (2) porciones, la
segunda se presentara veinte (20) días continuos después del vencimiento del
plazo para la presentación de rentas respectivas. Y si se opta por tres (3)
porciones, la tercera se presentara cuarenta (40) días continuos después del
vencimiento del plazo para la presentación de la misma.
8-
Descarga en formato de Excel el formulario DPN-R 25 y calcula fácilmente tu
impuesto a pagar.
En esta práctica hoja de
excel que simula exactamente el formulario DPN-R 25, podrán incluir su salario,
o monto de actividad comercial, podrá incluir las cargas familiares e incluso
al final, en el recibo de pago, podrá colocar el número de porciones con las
que va a cancelar su declaración del ISLR.
El precio
de la Unidad Tributaria en Venezuela quedó establecido en 127 bolívares para el año fiscal 2014.
Este aumento entró en vigencia con la publicación de la Providencia Nº SNAT/2014/0008
en la Gaceta
Oficial N° 40.359 del 19-02-2014. El aumento del precio de la Unidad Tributaria
UT en Venezuela por lo general se realiza al principio de cada año, entre los
meses de enero y febrero con base a la tasa de inflación acumulada del año
anterior.
La Comisión de Finanzas de
la Asamblea Nacional aprobó el ajuste de un 18.69% en el valor de la Unidad
Tributaria (UT) para el año 2014, que pasa de 107 a 127 bolívares, de acuerdo
al informe del Servicio Integrado de Administración Tributaria (Seniat).
9-
¿Cuánto vale la Unidad Tributaria (UT) en Venezuela?
Con el valor de la Unidad Tributaria UT de Bs.
127,00 en 2014 se deben calcular los nuevos topes para el cálculo de Cesta
Ticket o bono de alimentación, exoneraciones al Impuesto al Valor Agregado
(IVA), montos de las multas, sanciones, sucesiones, donaciones, registro de
dominios, timbres fiscales, registros, notarías, tribunales y otros entes
públicos que implementen la unidad tributaria para su cálculo.
El nuevo valor de la Unidad
Tributaria, deberá emplearse para la declaración y pago del Impuesto Sobre la
Renta (ISLR) que se realizará en el año 2014, no para la declaración del ISLR
del año 2013, que se debe utilizar el valor de la Unidad Tributaria del año 2013
de 107,00 bolívares.
El aumento no incide en los topes de ingresos
de la Ley de Vivienda, debido a que se miden por una escala de salarios.
Tarifas
Tarifas Las tarifas constituyen
los niveles de gravamen, que han sido establecidos por la norma tributaria,
para gravar el enriquecimiento de las personas, expresadas en porcentajes,
estas tarifas son progresivas, es decir, a mayor renta mayor porcentaje de
imposición. Se han establecido tres grupos de tarifas: La tarifa No. 1, se
aplica a las personas naturales que no realicen actividades mineras o de
hidrocarburos y a las asimiladas a ellas, como son las herencias yacentes y las
firmas personales. Igualmente se aplica a las fundaciones y asociaciones sin
fines de lucro.
TARIFA
NO. 1
|
PORCENTAJE
|
*SUSTRAENDO
|
Por la fracción comprendida hasta 1.000 U.T.
|
6%
|
0
|
Por la fracción que exceda de 1.000 hasta 1.500 U.T.
|
9%
|
30
|
Por la fracción que exceda de 1.500 hasta 2.000 U.T.
|
12%
|
75
|
Por la fracción que exceda de 2.000 hasta 2.500 U.T.
|
16%
|
155
|
Por la fracción que exceda de 2.500 hasta 3.000 U.T.
|
20%
|
255
|
Por la fracción que exceda de 3.000 hasta 4.000 U.T.
|
24%
|
375
|
Por la fracción que exceda de 4.000 hasta 6.000 U.T.
|
29%
|
575
|
Por la fracción que exceda de 6.000 U.T.
|
34%
|
875
|
En los casos de enriquecimientos
obtenidos por personas naturales no residentes en el país, el impuesto será del
34 %. La tarifa No. 2, se aplica a las sociedades de capitales como compañías anónimas
y a las personas asimiladas a ellas.
TARIFA
No. 2
|
PORCENTAJE
|
*SUSTRAENDO
|
Por la fracción comprendida hasta 2.000 U.T.
|
15%
|
0
|
Por la fracción que exceda de 2.000 hasta 3.000 U.T.
|
22%
|
140
|
Por la fracción que exceda de 3.000 U.T.
|
34%
|
500
|
La tarifa No. 3, se aplica a los contribuyentes que solo perciban
regalías o participaciones mineras y demás participaciones análogas con un 60%
y a las que se dediquen a la explotación de hidrocarburos y de actividades
conexas con un 50%.
* El sustraendo es la cantidad que se resta al cálculo único que se
hace de las rentas totales de un contribuyente, para no gravar los niveles o
escalas anteriores de rentas con ese nivel de gravamen. El sustraendo es la
cantidad que se resta al resultado obtenido después de aplicarle el porcentaje
al enriquecimiento neto. Generalmente encontramos el sustraendo determinado
dentro de las tablas correspondientes a cada tarifa, sin embargo no está de más
saber cómo determinarlo.
DETERMINACIÓN DE LOS
ENRIQUECIMIENTOS GRAVABLES
|
|||||||
CONCEPTO
|
ART.
|
Eduardo
|
Lucía
|
Susana
|
Carlos
|
Susana y Carlos
|
|
INGRESOS BRUTOS
MENOS COSTOS
RENTA BRUTA
MENOS
DEDUCCIONES
ENRIQUIC. NETO
DESGRAVÁMENES (2)
Único (774 UT)
ENRIQUEC.GRAVABLE
Tarifa Nº 1
Calculo de Impuesto
Sustraendo
REBAJAS
Residente (10 UT)
IMPUESTO A PAGAR
|
16
21
27
59-60
50
62
|
XXXXX
---------
XXXXX
---------
XXXXX
XXXXX
XXXXX
%
XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX
|
XXXXX
--------
XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX
|
XXXXX
---------
XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX
|
XXXXX
---------
XXXXX
---------
XXXXX
XXXXX
XXXXX
%
XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX
XXXXX
|
XXXXX
--------
XXXXX
XXXXX
XXXXX
|
|
COMO DECLARAR
|
Pago cero a través portal, forma dpn 25 si pago
mayor a cero a través bancos
receptores
|
pago cero a través portal, forma dpn 25 si pago
mayor a cero a través bancos
receptores
|
pago cero a través portal, forma dpn 25 si pago
mayor a cero a través bancos
receptores
|
declaración a través del portal
|
|||
(1) EN CASO DE VENTA DE BIENES MUEBLES E
INMUEBLES
(2) ÚNICAMENTE PERSONAS NATURALES RESIDENTES
|
|||||||
Revisen las respuestas a las preguntas cuando escriben debe declarar lo correcto sería debe pagar. Porque declaran todos las rentas netos obtenidos durante el año, siempre que sean superiores a 1000 UT.
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