TALLER 2



República Bolivariana de Venezuela
Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez
Núcleo Caricuao
Cátedra: Finanzas e Impuestos




TALLER N° 2






Facilitador: Oneida Marcano
Participantes:
Robinson Hernandez C.I.: 16.658.577
Carmen García  C.I.: 16.672.868
Katherin Minchola C.I.: 18.936.844
Rebeca Cormier  C.I.: 19.587.108
José Méndez  C.I.: 19.737.480

Caracas, 25/08/2015



1. Política monetaria
Es el proceso por el cual la autoridad monetaria (gobierno, Banco Central, etc) de un país controla la oferta monetaria y disponibilidad del dinero,a menudo a través de los tipos de interés (vea tipo de interés interbancario), con el propósito de mantener la estabilidad y crecimiento económico.     
En Venezuela,  las decisiones de política monetaria, cambiaria y financiera las adopta el Directorio del Banco Central de Venezuela, como autoridad delegada, con el apoyo de la información cabal, veraz y oportuna que le suministre la Administración por iniciativa propia, o a solicitud de los miembros del Directorio.
La política monetaria es el conjunto de medidas tomadas por el Banco Central de un país para alcanzar los objetivos perseguidos por la autoridad monetaria mediante la ampliación o reducción de la cantidad de dinero en circulación y la alteración de los tipos de interés.
Los miembros del Directorio, a los fines de velar por el cumplimiento de las funciones del Banco y de ejercer de manera eficiente las atribuciones que le confiere la Ley, participan con la Administración del Banco, en el Comité Permanente de Políticas Monetaria, Cambiaria y Financiera.
En este Comité de Políticas se delibera, principal-mente, en torno a las propuestas de formulación y aplicación de las políticas económicas que son responsabilidad del Banco Central; se hace segui-miento de las políticas adoptadas por el Directorio; y, se observa la actuación del Instituto dentro del marco de la coordinación macroeconómica como parte de las políticas públicas tendentes a facilitar el desarrollo ordenado de la economía nacional.
Las políticas monetarias que desarrolla el Banco Central de Venezuela se orientan sobre la base del marco definido en el Acuerdo Anual de Políticas, que es el instrumento que se suscribe entre el Ejecutivo Nacional, representado por el Ministro de Finanzas y, por la otra parte el Banco representado por su Presidente, a los efectos de coordinar y armonizar las políticas de la competencia de ambos organismos, con el fin de lograr los objetivos macroeconómicos que se definan.

Tipos de políticas monetarias que se pueden seguir:
Puede ser expansiva o restrictiva:
·        Política monetaria expansiva: cuando el objetivo es poner más dinero en circulación.
·        Política monetaria restrictiva: cuando el objetivo es quitar dinero del mercado.


Política monetaria expansiva
Cuando en el mercado hay poco dinero en circulación, se puede aplicar una política monetaria expansiva para aumentar la cantidad de dinero. Ésta consistiría en usar alguno de los siguientes mecanismos:
·        Reducir la tasa de interés, para hacer más atractivos los préstamos bancarios e incentivar la inversión, componente de la DA.
·        Reducir el coeficiente de caja (encaje bancario), para que los bancos puedan prestar más dinero, contando con las mismas reservas.
·        Comprar deuda pública, para aportar dinero al mercado.


Política monetaria restrictiva
Cuando en el mercado hay un exceso de dinero en circulación, interesa reducir la cantidad de dinero, y para ello se puede aplicar una política monetaria restrictiva.
Consiste en lo contrario que la expansiva:
·        Aumentar la tasa de interés, para que el hecho de pedir un préstamo resulte más caro.
·        Aumentar el coeficiente de caja (encaje bancario), para dejar más dinero en el banco y menos en circulación.
·        Vender deuda pública, para retirar dinero de la circulación, cambiándolo por títulos de deuda pública.


2. Sistema tributario:
Es la organización legal, administrativa y técnica que crea el Estado con el fin de ejercer de forma eficaz y objetiva el poder tributario.
Los tributos son obligaciones dinerarias impuestas unilateralmente y exigidas por la administración pública a partir de una ley, cuyo importe se destina a solventar el gasto público. Por lo tanto, es una prestación patrimonial de carácter público que se exige a los particulares.
El sistema tributario venezolano está fundamentado en los principios constitucionales de legalidad, progresividad, equidad, justicia, capacidad contributiva, no retroactividad y no confiscación. Este sistema distribuye la potestad tributaria en tres niveles de gobierno: nacional, estadal y municipal.
Así, en la actualidad el SENIAT en ejercicio de la competencia que le ha sido conferida sobre la potestad tributaria nacional, tiene bajo su jurisdicción los siguientes impuestos: impuesto sobre la renta, impuesto al valor agregado, impuesto sobre sucesiones, impuesto sobre donaciones, impuesto sobre cigarrillos y manufacturas del tabaco, el impuesto sobre licores y especies alcohólicas y el impuesto sobre actividades de juegos de envite y azar.

3. Diferencia entre impuestos y tasa
Las tasas se caracterizan porque se paga a cambio de un servicio que realiza la administración y que nosotros como ciudadanos utilizamos en nuestro beneficio, o porque utilizamos a título particular un bien público, es decir, que pertenece al estado.
Los impuestos, por el contrario, se caracterizan principalmente porque se abonan sin recibir ninguna contraprestación directa a cambio. Lo que genera la obligación de pagar el impuesto es lo que se denomina hecho imponible, es decir, aquel acto o situación que nos obliga a pagar el tributo porque así lo establece la ley. Por ejemplo en el caso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el hecho imponible es recibir la renta.
4. Explique el Derecho de vivienda y hábitat amparado en la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, como parte de la seguridad social.
“Artículo 82 Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica, con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias. La satisfacción progresiva de este derecho es obligación compartida entre los ciudadanos y ciudadanas y el Estado en todos sus ámbitos. El Estado dará prioridad a las familias y garantizará los medios para que éstas, y especialmente las de escasos recursos, puedan acceder a las políticas sociales y al crédito para la construcción, adquisición o ampliación de viviendas.”
El  Estado tiene la obligación de apoyar a todos los venezolanos con escasos recursos económicos para la obtención de la vivienda principal la cual deberá encontrarse en óptimas condiciones para el desarrollo familiar, cumpliendo así la humanización de las relaciones de la comunidad, con el compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia en la creación de vivie


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